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Casos en los que el estado paga el 100% de las cuotas al autónomo

 

CUESTIÓN PLANTEADA: 

Casos en los que el estado paga el 100% de las cuotas al autónomo

CONTESTACIÓN:

En pagos a realizar a la Seguridad Social

Las bonificaciones están dirigidas principalmente a la contratación de jóvenes desempleados y a la conciliación de la vida laboral y familiar

La última reforma laboral aprobada por el Gobierno en el año 2013 introdujo una serie de reducciones y bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social que, tanto los autónomos ya dados de alta, como quienes están pensando en hacerlo, deben conocer.

A continuación, detallamos las bonificaciones más importantes en las que el Estado asume el 100% de la cuota, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos:

  • Trabajadores autónomos que cesen en su actividad por encontrarse de baja por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o periodo de lactancia y que sean sustituidos por desempleados con un contrato de interinidad bonificado
  • Los autónomos o microempresas que contraten a menores de 30 años inscritos en la Oficina de Empleo obtendrán una reducción del 100% de la cuota por contingencias comunes durante 12 meses. Esta reducción también es aplicable a empresas que contraten a jóvenes a tiempo parcial con vinculación formativa si su plantilla es inferior a 250 trabajadores. Si es superior la bonificación será del 75%
  • Recibirán una reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante un año las contrataciones a mayores de 45 años en nuevos proyectos de emprendimiento joven
  • El empresario que contrate de forma temporal para formación y aprendizaje a jóvenes desempleados inscritos en la Oficina de Empleo obtendrá una reducción del 75 o el 100% de su cuota a la Seguridad Social
  • También está bonificado con el 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes el mantenimiento del empleo a personas mayores de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido, o con 67 años de edad y 37 de cotización
  • Podrán acogerse a la bonificación los contratos de interinidad cuyo fin sea la conciliación de la vida personal, laboral y familiar
  • Por último, se beneficiarán de la reducción del total de la cuota los autónomos que contraten a un trabajador a tiempo completo o parcial con el fin de ser sustituidos para el cuidado de menores de 7 años, por tener a cargo un familiar en situación de dependencia o con una discapacidad grave física o intelectual

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